El proceso de divorcio puede complicarse especialmente en lo que respecta a la vivienda familiar. Una pregunta que puedes estar haciéndote en estos instantes es: ¿quién se queda con la casa en un divorcio? Determinar quién se queda con la casa implica analizar diversos factores legales y situaciones personales que varían según cada caso.
Existen distintos tipos de divorcio y consideraciones relacionadas con la custodia de los hijos, así como los regímenes de bienes. Estos elementos juegan un papel crucial en la toma de decisiones sobre la vivienda tras la separación de la pareja.
Tipos de divorcio y su impacto en la vivienda
El tipo de divorcio elegido por la pareja puede tener un efecto significativo en cómo se gestionan los bienes comunes, incluida la vivienda familiar.

Divorcio contencioso
El divorcio contencioso es aquel en el que las partes no logran llegar a un acuerdo. El juez tomará una decisión basándose en varios factores: la custodia de los hijos, el régimen económico del matrimonio y las circunstancias personales de cada parte. La vivienda familiar se convierte en un punto crítico de litigio, ya que ambos cónyuges buscarán la mejor solución en función de sus intereses.
Divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo se caracteriza por ser un procedimiento más rápido y sencillo, dado que requiere que ambos cónyuges lleguen a un consenso sobre las condiciones de su separación. La preocupación por la vivienda puede reducirse, siempre y cuando las partes establezcan claramente si uno de los cónyuges se quedará con el uso de la casa o si se decide su venta.
Divorcio notarial
El divorcio notarial es un procedimiento extrajudicial que se formaliza ante un notario y requiere que ambas partes estén de acuerdo en los términos de su separación. En este caso, la atribución del uso de la vivienda puede establecerse de manera directa entre las partes en el acuerdo notarial, simplificando el proceso. Solo es posible sin hijos menores.
Factores legales que determinan quién se queda con la casa en un divorcio
En Cataluña, la atribución del uso de la vivienda familiar en un proceso de separación o divorcio está regulada por el Código Civil de Cataluña (Libro II, artículo 233-20), que prioriza la protección del interés superior de los menores. El uso de la vivienda se atribuye, preferentemente, a los hijos comunes y al cónyuge custodio, con el objetivo de mantener la estabilidad del entorno familiar de los menores.
En ausencia de hijos, la atribución del uso se decidirá teniendo en cuenta las circunstancias económicas y personales de cada cónyuge, normalmente de manera temporal. Dado que en Cataluña el régimen económico matrimonial por defecto es el de separación de bienes, cada cónyuge mantiene la titularidad de los bienes adquiridos a su nombre, aunque se puede otorgar el uso de la vivienda al cónyuge que tenga una mayor necesidad de protección.
El papel de los hijos en la decisión de quién se queda con la casa
Custodia monoparental y uso del domicilio
En casos donde se concede la custodia monoparental, el progenitor que obtiene dicha custodia recibe automáticamente el derecho de uso de la vivienda familiar. Este derecho no depende de la titularidad de la propiedad, ya que el objetivo principal es garantizar un entorno estable y seguro para los menores. La ley considera que es fundamental que los menores continúen residiendo en su hogar para minimizar las alteraciones en su vida cotidiana.
Custodia compartida y decisiones sobre la vivienda
En el caso de custodia compartida, la situación es más compleja. No existe una regla general que determine quién debe quedarse con la vivienda familiar. Las decisiones sobre el uso de la casa dependen de negociaciones entre las partes o de decisiones judiciales basadas en las circunstancias particulares de cada familia. El juez valorará el impacto que tendría la mudanza en los menores y la capacidad económica de cada cónyuge.

Situaciones económicas y protección de los cónyuges
Las circunstancias económicas de cada cónyuge juegan un papel fundamental en quién se queda con la casa en un divorcio. La ley busca salvaguardar los derechos de aquellos cónyuges que se encuentran en una situación económica desfavorable:
- Uso de la vivienda familiar: La parte más necesitada puede recibir el derecho de uso de la vivienda hasta que las circunstancias cambien.
- Asignación temporal: La atribución puede favorecer a quien tenga menos capacidad financiera para reubicarse.
- Pensión compensatoria: En ciertos casos se puede establecer una pensión para equilibrar la disparidad económica entre los cónyuges.
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Vivienda de propiedad exclusiva de un cónyuge
Cuando la vivienda es de propiedad exclusiva de uno de los cónyuges, la titularidad define quién tiene el derecho legítimo a permanecer en ella. Sin embargo, la ley puede otorgar el uso de la vivienda al cónyuge no propietario en ciertas circunstancias, especialmente si hay hijos menores de edad. La duración del uso puede ser temporal y valorarse en función del interés de los menores y las necesidades del cónyuge que no es propietario.
Atribución del uso al progenitor no propietario
El uso de la vivienda familiar puede ser atribuido por el juez al progenitor que no ostenta la propiedad, teniendo siempre como referencia el interés superior del menor. Esta decisión es común cuando hay hijos implicados y se busca garantizar su estabilidad emocional y física tras la separación.
Casas hipotecadas y divorcio
Cuando hay hipoteca, decidir quién se queda con la casa en un divorcio puede ser especialmente complejo. Las principales opciones son:
- Venta de la vivienda: Vender la propiedad, cancelar la hipoteca y dividir el capital restante entre ambos cónyuges.
- Subrogación de la hipoteca: Uno de los cónyuges asume la hipoteca. La entidad bancaria debe aprobar el cambio de titularidad valorando la solvencia del solicitante.
- Extinción de condominio: Uno de los cónyuges compra la parte del otro y asume la deuda hipotecaria.
- Conservación por el cónyuge custodio: Si hay hijos en común, la vivienda puede asignarse al progenitor custodio hasta que los hijos sean mayores.

Preguntas frecuentes sobre la vivienda en el divorcio
¿Puede el juez obligar a vender la vivienda si no hay acuerdo?
Sí. En un divorcio contencioso, si la vivienda es propiedad de ambos y no hay acuerdo sobre su destino, el juez puede ordenar la venta en pública subasta y el reparto del precio entre los cónyuges según su participación.
¿Quién paga la hipoteca mientras dura el proceso de divorcio?
Durante el proceso, el juez puede dictar medidas provisionales que regulen quién paga la hipoteca temporalmente. Si ambos están a nombre de la hipoteca, ambos siguen siendo responsables legalmente ante el banco, con independencia de lo que digan las medidas provisionales entre ellos.
¿Si la casa es solo de uno, puede el juez darle el uso al otro?
Sí, si hay hijos menores. El juez puede atribuir el uso de la vivienda al progenitor custodio aunque la propiedad sea exclusiva del otro cónyuge, para garantizar la estabilidad de los menores. Este derecho de uso es temporal y se extingue generalmente cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad.
¿Qué ocurre con la vivienda si hay custodia compartida?
En custodia compartida no hay una regla fija. Las opciones más habituales son: venta y reparto, que uno compre la parte del otro, o acuerdo de uso alternado de la vivienda (menos frecuente). El juez valorará qué solución beneficia más a los hijos y es viable económicamente para ambas partes.
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